DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo y condición de refugiados.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
15-Agosto-2016
Reconocer el derecho de toda persona a la condición de refugiado o a solicitar el otorgamiento de asilo político. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Gabriela Cuevas Barrón (PAN) el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobación por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 13 de julio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de agosto de 2016
2   Decreto por el que se adiciona un párrafo cuarto al apartado B del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de vigilancia del interés superior de la niñas, niños y adolescentes


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
13-Febrero-2018
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Aprobación en el Senado:
13-Febrero-2018

Establecer que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá velar por que el Estado, salvaguarde y promueva la correcta aplicación y cumplimiento del principio de interés superior de la niñez, y observar que se respeten y garanticen los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. Crear una Visitaduría Especial que vigile que en los Centros de Reclusión se garanticen los derechos fundamentales de todos los niños que ahí viven y se adecue su infraestructura para contribuir con su correcto desarrollo. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Mónica Rodríguez de la Vecchia (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 445 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 02 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
3   Decreto por el que se adiciona la fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para regular la atención a víctimas como materia concurrente.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Publicación en el DOF:
25-Julio-2016
Expedir la Ley General que establezca la concurrencia de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de las víctimas. 1. Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por la Sen. Enrique Burgos García (PRI), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 87 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 votos a favor.

6. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

7. Declaratoria de aprobacion por las Legislaturas de los Estados en sesión de la Comisión Permanente el 29 de junio de 2016.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 2016.
4   Decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adicionan sendos artículos 1-bis a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, en materia de protección al ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Incluir los principios de atendiéndose los principios generales de derecho ambiental precautorio, preventivo, de obligatoriedad, para la restauración de daños y de participación informada a efecto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico. Añadir diversos principios rectores que servirán de marco para el desarrollo normativo de protección ambiental. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Isaura Ivanova Pool Pech (PRD) el 14 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 446 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Segunda.
5   Decreto que reforma el artículo 102, apartado B, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de autonomía de organismos estatales de derechos humanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
28-Abril-2016
- Puntos Constitucionales

Fecha de dictamen:
28-Abril-2016

Dotar de autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios a los organismos estatales de derechos humanos de las entidades federativas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), el 04 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 436 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Derechos Humanos; y de Estudios Legislativos Primera.